en el escrito de foja treinta una, porque la interrupcion de la preseripcion se operó con la demanda y estaba aún pendiente la instancia, Por esto y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja cuarenta y una, se ronfirma ésta, con costas, Y atento lo pedido por el juez doctor García, en su oficio de fecha dieciseis del corriente, remítansele los autos, previa reposicion de sellos, avisándose por oficio al juez federal, Hágase saber con el original.
BENJAMIN PAZ, — ABEL BAZAN, —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO-
BRENT.
CAUSA COCCIX
Don Patricio A. Morandé contra el doctor don José Joaquin Morandé, por cobro de pesos; sobre competencia y apelación Sumario. — 4 Negado por los tribunales ordinarios el fuero federal invocado por una de las partes, corresponde el recurso á la Suprema Corte, —2 No procede el fuero federal en la causa civil seguida entre dos extranjeros, aunque tengan distinta vecindad,
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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:77
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