CAUSA COCXAN VIEL
Jon Francisco Rossi, por excepcion de servicio militar ; sobre apelación Sumario. — El auto consentido no es apelable, Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Mayo 30 de 1899.
Autos y vistos: Considerando: Que la Suprema Corte tiene ya declarado que, en materia de excepciones, los jueves federa= les son jueces de apelacion, y carecen, por tanto, de jurisdiccion originaria, siendo las juntas de excepciones creadas por el artículo 27 de la ley 3318, las que conocen de aquellas en 1° instancia, Que en consecuencia, ante este Juzgado y la Junta, sólo median las relaciones jurídicas que necesariamente ligan á un juez a quo con un juez ad quem ; es decir, al de 1° instancia con el de 2° instancia.
Que bajo esta base, este tribunal, en su resolucion de foja 24, ha ejercitado una atribucion inherente á too tribunal de ape
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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:243
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