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Fallos: 87:178 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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18 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 7 Acompaña á la demanda un memorandum, dirigido al actor, prometiendo en oportunidad acompñar otros comprobantes E para justificar su derecho, y pide sea condenado el señor La Silvestre Noussiton al pago de la suma reclamada, costos y E costas.

E 2° El demandado contesta diciendo: que la accion deducida es | injusta y temeraria ; que Ferro se hizo cargo de la compostura F del buque Pepito Segundo, con la condicion de gastar enél E: unos mil ó mil doscientos pesos, y emplear en ella un mes y medio 6 dos ; hecho lo cual adquiría la mitad de la propiedad del buque ; que transcurriendo demasiado tiempo sin que le L. — diesecuenta de su cometido, le dirigió el memorandum que se acompaña á la demanúa, el cual nada prueba respecto de sus pretensiones; que en cuanto al María ltamos no le ha abonado la compostura, que importa 556 pesos con 70 centavos, porque Ferro le adeuda la suma de 362 pesos con 73 centavos por derecho de puerto de dicho buque en el de La Plata hasta el día en que se lo vendió, segun se comprueba con el documento que se arompaña. Que la cuenta del Villa Ocampo es justa ; que en resúmen nada debe el demandado, y que, por el contrario, es acreedor de Ferro por la suma de 487 pesos con 23 centavos, por la cual le reconviene, hallándose dispuesto á camplir lo convenido respecto á la escrituracion del Pepito Segundo.

3" Corrido traslado de la reconvencion, el actor niega los hechos alegados por el demandado, 4° Recibido el juicio á prueba se ha producido la que expresa el certificado de foja 70 vuelta.

Y considerando : 1 Que habiendo el demandado reconocido las cuentas referentes á los buques JMaria Ramos y Villa Ocampo, la demanda queda reducida á la indemnizacion que se cobra por las reparaciones del Pepito Segundo.

2" Que de las declariciones corrientes de foja 24 á foja 26 resulta probado: 1° Que el señor Noussitou dió érden al señor

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:178 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-178

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