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Fallos: 86:348 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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348 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE lón en representacion del doctor J. M. Rosa y otros, en el que pedía se mandara correr el término de prueba, manifestó que no debía hacerse lugar á lo solicitado, por cuanto debía corrérsele puramente traslado de la demanda, agregando que del estado del asunto podía resultar que la provincia tenga que ampliar, modificar 6 variar la defensa, como puede igualmente resultar que no tenga la obligacion de garantía 6 eviccion que se le reclama.

Aute de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 19 de 1900.

Exprese categóricamente si se hace parte enel presente juicio, atento lo manifestado en la última parte del precedente escrito.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO-
RRENT.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 7 de 1900.

Vistos en el acuerdo y considerando : Que la provincia de Córdoba fué citada de evicion por auto de foja quinientas ochenta y tres, ú solicitud de la parte de don Heraclio Roman.

Que la citacion de evicion nr impone necesariamente al citado la obligacion de salir á defensa del citante por cuanto es facultativo de él hacerse 6 no parte en el juicio, tomando á su cargo la prosecucion de la causa.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:348 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-86/pagina-348

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