12 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E ños y perjuicios, de su estudio resultan los siguientes heE chos.
4 Que el actor entabla formal demanda contra la empresa del E Ferrocarril del Sud á causa de la muerte del jóven Angel Vor lonteri, producida por °.na máquina de aquella, el 10 de Febre ro de 1897, en momentos que la víctima llegó á cruzar la vía E férrea del sud, en su paso á nivel de la c:'le California, diri giendo su marcha de este á oeste, E Que al intentar hacerlo halló que le cerraba el paso un convoy de carga que entraba á Constitucion, y se detuvo sobre la vía U contigua, ú la espera de que quedase expedito el camino, atento E úálo cual no sintió, por su desgracia, el silbato que anunciaba la llegada sobre la vía que él ocupaba del rápido salido de Constitucion á las cinco y cuarenta y cinco pasado meridiano y cuando viéndolo encima, no alcanzó á escapar, siendo arrojado por la | máquina á varas de distancia, produciéndole la muerte.
Que el único guarda vía se hallaba del lado opuesto al ocupado por Volonteri, separado de éste por el convoy de carga y en la imposibilidad de prevenirie eficazmente cuntra el acridente que ocasionó si muerte, Que Volonteri era aprendiz mecánico y teniendo en cuenta sus condiciones de obrero honesto é instruido y los sueldos que se pagan á los mecánicos, puede calcularse que en breve tiempo | habría ganado entre 250 y :300 pesos pur mes.
Que la posicion de los padres de la víctima se hallaría entónces cambiada teniendo asegurada una vida de holgura y bienestar hasta el fin de sus dias; situacion que ha venido á destruir el siniestro causado por la injustificable negligencia é imprevision de la Empresa. Que teniendo en consideracion estos antecedentes, la vinculacion que unía ú Volonteri con sus padres y el agravio moral sufrido por éstos, estima la indemnizacion demandada en 25.000 pesos moneda nacional, Que funda su derecho en los artículos 902, 1068, 1409, 1122
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:132
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