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Fallos: 83:321 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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menoscaba por la situación ú extension de la jurisdiccion en que lo ejerce, pienso que la traslacion, motivada por conveniencias públicas manifiestas, no implicando ni importando pérdida de empleo 6 disminucion de sueldo ú otras prerrogutivas del cargo, está fuera de las garantías del artículo 96 de la Constitucion nacional, En tal concepto opino : que en el caso sub-judice el decreto de traslación dictado por el Poder Ejecutivo no viola las garantías acordadas por la Constitucion y leyes especiales de organizacion de los juzgados letrados, para los territorios nacionales.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 22 de 1900, Vistos en el acuerdo: El doctor don Eugenio E Breard, en el carácter de juez letrado del territorio nacional de Misiones se presenta ante esta Suprema Corte solicitando que ella resuelva:

Primero: Que el decreto del Poder Ejecutivo dv la nacion que ha dispuesto su traslacion al juzgado letrado de Formosa es ilegal; reconociéndolo por lo tanto como juez de Misiones, y disponiendo lo necesario para que su autoridad sea allí acatada y respetada.

Segundo: Que no se tome juramento, como lo dispone el decreto de la referencia, al funcionario nombrado en su reempla- y 20, doctor don Angel Garmendia, en tanto este tribunal no se pronuncie sobre la providencia de su traslado.

Y considerando: Primero : Que estos pronunciamientos re

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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-321

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