CAUSA XV.
Doña Cármen Burgos, contra Don José Monteavaro, sobre cumplimiento de un contrato.
Sumario.— No probando el actor su demanda, el reo debe ser absuelto.
Caso — En 17 de Junio de 1868, Doña Cármen Burgos, argentina, vecina de la Provincia de Mendoza, celebró con D. José Monteavaro, español, un contrato por el cual este último se comprometió á edificar una casita en el lugar de la Chimba en aquella provincia, en el término de seis meses, siendo de su obligacion poner todos los materiales necesarios, con esclusion de la tierra, puertas y ventanas necesarias, debiendo aquella sacarse del mismo terreno en el lugar que señalase la Señora Burgos, quien debía tambien entregar las puertas y ventanas al principiar la obra.
En pago de este trabajo la Señora Burgos se comprometió 4 dar á Monteavaro 12 1/2 varas de terreno, estendiéndole título de propiedad al concluir la obra.
En 1° de Abril de 1869 Da. Cármen Burgos se presentó al Juzgado esponiendo que Monteavaro no habia cumplido con el deber de construir el edilicio no obstante haber espirado el término fijado en el contrato. — Que para) preparar la
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:410
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