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Fallos: 8:331 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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D. Servando Escobar y D. Ventura Lloveras de la comision que se nombró en Jachal para sacar contribuciones forzosas en favor del ejército rebelde, Por esta última causa se siguió un proceso criminal contra D. Servando Escobar, D. Ventura Lloveras y D. José María Baca, al cual se unió una querella civil de D. José Antonio Rodriguez por la suma de 4,000 pesos bol. valor de efectos tomados por la comision.

El proceso concluyó por el fallo de la Suprema Corte de 9 de Junio de 1869, resultando condenado Lloveras á la pena de 10 años de destierro y de 2,000 pesos fuertes de multa por haberse conformado con la sentencia condenatoria de 1° instancia; Escobar á la de 4 años de servicio militar en la frontera, inhabilidad por 5 años para ejercer empleos públicos, y 600 pesos fuertes de multa; y los dos solidariamente con Baca al pago de 1,250 pesos bol. 28 1/2 cs. á favor de Rodriguez, Baca no fué condenado á pena alguna por no haberse presentado al juicio.

Concluido el proceso contra Escobar y Lloveras, Baca se presentó espontáneamente á la cárcel y obtuvo la rescision de la sentencia respecto de la condenacion civil á favor de Rodriguez.

Tomándole la declaracion indagatoria y la contfesion, fué acusado por el Procurador fiscal pidiendo la pena de 10 años de destierro y 2,00) pesos fuertes de multa, y demandado nuevamente por Rodriguez.

Baca contestó la acusacion diciendo que jamás habia hecho causa comun con los rebeldes; probó que al saber la victoria que estos obtuvieron en el Posito contra las fuerzas legales huyó con D. Tomás Alvarez al lugar llamado « La Iglesia» que de aquel punto lo trajo preso el oficial rebelde D. Avelino Quiroga, entregándolo á Varela gefe de los rebeldes; que en esa condicion y amenazado de muerte tuvo que obedecer la órden de este de asociarse á los oficiales Cardoso y Varas y asistir á sus latrocinios, firmando como testigo las espo

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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:331 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-331

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