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Fallos: 8:209 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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error sinó con la intencion de favorecer á su hermano, Don Augusto de la Riestra; lo que importa confesar que han procedido en este asunto con temeridad, se confirma el auto apelado de foja ciento setenta y nueve, y con arreglo á la ley ocho, título veinte y dos, partida tercera, se les condena en todas las costas del juicio, devolviéndose, satisfechas que sean las de esta instancia y repuestos los sellos.


FRANCISCO DE LAS CARRERAS. — SAL-
VADOR M° DEL CARRIL.—FRANCISCO DELGADO. —Jos£: Bannos Pazos.— Bexiro Canñasco.

—]——[————

CAUSA CXXXIX.
Benitez é hijo, contra D. Roberto Lange, sobre pruebas.

Sumario. —1° No es hábil para producir prueba dentro del Municipio un término acordado, para que se produzca fuera de él.

2" Un nuevo término de prueba puede abrirse de conformidad de partes.

T. VUL 14

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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-209

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