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Fallos: 79:75 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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De donde se deduce que si no existe inten: ¡on de someter el inmueble al ejercicio de un derecho de prop edad, nose tiene la posesion á que se reliere el artículo 2351 «e Código Civil.

La posesion, dice lhering, es el ejercico de la propiedad, es la propiedad presumida, posible, com: zante, ella está en relacion constante con la propiedad.

Es al poseedor, cuya posesion se encuentra en las condiciones arriba expuestas, adquirente del dominio del inmueble, al que se refiere el artículo 3103 del Cóligo Civil contra quien puede el acreedor hipotecario ezigir el pago del crédito garantido ; es el tercer poseedor propietario del inmueble hipotecado el que goza de los mismos plazos y ventajas concedidas al deudor; es el que puede abandonar el bien gravado ; y aun abandonado, no cesa de pertenecer la propiedad al! tercer poseedor, hasta que se hubiese adjudicado por sentencia judicial (artículos citados y 3164, 3169 y 3175 del Código Civil).

Del precrdente razonamiento se deduce, que los meros tenedores ó detentadores de los inmuebles hipotecados, sea legítima 6 ilegítima la causa por la cual retienen el inmueble, no están obligados á pagar la deuda al acreedor hipotecario, porque no son poseedores adquirentes del bien gravado; la ley no les impone esa obligacion ó rarga ; no son deudores de ninguna suma — ysinmoloson, no pueden ser ejecutados por razon de la hipoteca del inmueble detenido. Su obligacion, como simple tenedor, se reduce á nombrar al posedor á cuyo nombre posee, si fuese demandado por un tercero por razo »le la cosa hipotecada (artículo 2484). .

El derecho de persecusion (de la posesion de la cosa, acordado por el artículo 3182 ó el medio que tiene el acreedor hipotecario para ejercer el derecho de preferencia resultante de la hipoteca, cuando el inmueble ha sido enajenado), corresponde ejercerlo contra el poseedor adquirente y no contra otra clase de detentadores.

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:75 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-75

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