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Fallos: 79:165 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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NE JUSTICIA NACIONAL 165 :

y resultando : Que el Banco Hipotecario Nacional se presentó instaurando demanda ejecutiva contra Quesada por cobro de la cantidad de 8091 pesos con 56 milésimos, importe de la li- ; quidacion de foja 1, procedente de un saldo de su deuda hipotecaria. :

Que sustanciado el juicio y citado el ejecutado de remate, apone como defensa la excepcion de novacion, fundado en que si bien es verdad que el Banco le había acordado un préstamo hipotecario sobre una propiedad que tenía en el Caballito, esa , finca fué vendida el año de 1889 al doctor R, Lucero, y de acuer- :

do con los reglamentos del mismo establecimiento, solicitó y obtuvo sele admitiera la transferencia de la deuda al comprador, el 47 de Diciembre del mismo año, por cuyo hecho había terminado su responsabilidad, Que evacuando ú foja 45 el Banco el traslado conferido, contesta reconociendo ser cierto el hecho de la transferencia hecha por Quesada y Massaro al doctor Lucero, pero sostiene que ese hecho por sí solo no autoriza la defensa opuesta, porque el acuerdo era condicional, y de conformidad con el reglamento del — Banco y solicitud del mismo deudor, la transferencia debería hacerse recien una vez que el comprador entregara el testimonio de la escritura de compra, requisito que no se había cumplido en este raso, y por lo tanto esa transferencia mo se había efectuado lo que significaba que el verdadero deudor era el señor Quesada, por lo que pedía el rechazo de la excepcion [ con costas.

Y ounsiderando : Que las conrenciones hechas en los con- ; tratos forman para las partes una regla á la cual deben someterse como á la ley misma (artículo 1197 del Código Civil), y desde ¡uego: para resolver sobre la procedencia de la excepcion opuesta, corresponde examinar ante todo las convenciones estipuladas, desde que ellas son la norma á la cual las partes deben someter su voluntad : leyem contratum dedit, 5

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:165 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-165

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