184 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE trato de compra-venta y devolucion de cantidad de pesos, de sn estudio resulta : Que el actor expresa en su demanda: que en 30 de Sctiembre de 1889 compró á los demandados, por ante el escribano don Ramon F. Lagos, tres lotes de terreno, dos, que son los designados en el plano que adjunta con los números uno y tres, al señor Mantels y el designado con el número dos al señor de Bruyn, lotes cuya ubicacion y límites especifica en su escrito; que los lotes números uno y tres se hallaban gravados al Banco Hipotecario Nacional por el señor Mantels, en la suma de 200.000 pesos moneda nacional, cédulas série D, y el lote número dos se hallaba igusimente gravado por el señor de Bruynal mismo Banco, por la suma de 100.000 pesos moneda nacional cédulas de la misma série D, según todo consta de los títulos respectivos que permanecen en el Banco.
Que la compra-venta se hizo por la suma de 573.428 pesos 23 centavos moneda nacional pagaderos en la forma siguiente:
30.000 pesos que habían recibido con anterioridad los demandados, 74,173 pesos recibieron en el acto de firmarse la escritura; 104,452 pesos 66 centavos, á tres meses de plazo; 104,152 pesos 68 centavos, ú seis meses de plazo, firmando, por ambas sumas, pagarés garantidos con hipoteca en segundo término, sobre el mismo terreno y 283.000 pesos que era el importe de los 300.000 pesos moneda nacional en cédulas, segun cotizacion de éstas en la Bolsa de Comercio el dia de la escrituracion, formando todas estas cantidades el precio de los inmuebles vendidos.
Era convenido en la escritura que él se haría cargo del servicio de las hipotecas en las mismas condiciones en que los vendedores se encontraban respecto del Banco Hipotecario, y en su consecuencia los señores Mantels y de Bruyn debían hacerle transferencia inmediatamente de su crédito bipotecario para que éste pudiera disponer de la cosa vendida.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:184
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