embarcaciones, las que en ningun caso pueden hacer uso de las velas para su propulsion, porque la estrechez de su cauce, sus sinuosidades y las altas barrancas que lo forman, no permiten absolutamente ese medio de movilidad. De allf se deduce, que de hecho sólo puede ser navegado por pequeños vaporcitos, Lotes, lanchas ó chatas de pequeñas dimensiones, bajo remolque ó por medio de botador, porque ni aún la sirga es factible á causa de la altura de las barrancas, Se ha demostrado, en efecto, y esto ambas partes lo recongcen, que el vulámen de agua del arroyo depende de las crecientes periódicas del rio Parana-en el cual desemboca, que general mente se presentan en los meses de Marzo á Mayo, no debiendo tomarse en cuenta el que resulta de las lluvias, porque además de ser eompietamente eventual el nivel de agua que ellas determinan, desaparece rápidamente, pues para este efecto el cauce del arroyo no es sino un desagúe de la extensa cuenca que derrama en él sus aguas.
No exzisten observaciones de ninguna especie respecto á la altura de las aguas del rio Paraná en la boca del arroyo de Ramallo, que puedan suministrar indicaciones precisas sobre el , nivel de las aguas en éste; pero tenemos los hechos oficialmente en el Rosario, registrados en ese carácter por el departamento de ingenieros de la Nacion, durante un período de 14 años que han servido á ambos peritos para la sinópsis de las fluctuaciones del agua del Paraná en dicho punto, durante ese perfodo, —.
presentados por ellos á foja 203 y foja 276, las cuales evidentemente han debido ser modificadas á medida que se alejaba del punto de observacion, hasta llegar á cero en el Rio de la Plata, donde, como es de notoriedad inmemorial, no determinan alteracion sensible en condiciones normales, las más grandes crecientes conocidas de aquel río. , De allí se deduce que el término medio de altura durante los 14 años de observaciones, es menor que la observada el 30 de
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:107
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