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Fallos: 78:105 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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respecto de los perjuicios que dice haber sufrido y el quantum a de ellos. . | Ambas partes han producido la abundante prueba que expresa el certificado de fojas... de lo que se hará mérito y aplicacion en su oportumidad, en cuanto fuere pertinente, debiendo sin embargo consignarse desde ya, que la inspeccion ocular practicada con ia concurrencia de los ingenieros Luis A. Huergo y Emilio C. Agrelo, peritos nombrados por las partes para ese ] acto, además de los datos y elementos de juicio consignados en sus respectivos informes de fojas 277 y 283, ha dejado plenamente comprobada la perfecta exactitud de los planos present:

dos por la empresa á fojas 77 y 78, exactamente iguales á los presentados por el ingeniero Huergo'á fojas 273 y 274 en escala mayor con los objetos que dichos planos representan, pudiendo, por lo tanto; servir de base estos últimos complementados con las mediciones efectuadas por ambos peritos para la decision ; del caso.

De esa pruebi resulta : Que el arroyo de Ramailo, enel punto donde la atraviesa el puente del ferrocarril, desde éste —" hasta el molino aguas arriba y hast adonde alcanza la percepcion de su cauce á la simple vista aguas abajo, es un eurso de agua encajonado entre dos barrancas de 42 4 45 metros próximamente de altura, no precisamente á pique pero con rápida pendiente teniendo en su parte superior una abertura que puede variar entre 50 y 60 metros y 20 metros en la superficio del agua en su marea ordinaria; que sobre el arroyo se halla construído el tramo principal del puente, sobre dos pilares de mampostería, dejándose entre sus ejes un espacio de 38 metros y medio; que ambos pilares tienen su fundacion em los taludes de la barranca, ú regular distancia del filo del agua en mares ordinaria y sólo en grandes crecientes llegan las aguas á tucar su base ; que el arroyo es alimentado por el agua de las lluvias :.

de cierta sona del territorio adyacente, desde sus cabeceras ; | er - Er e : i
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:105 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-78/pagina-105

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