1068 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Noviembre 10 de 1898.
Vistos y considerando : que está plenamente probado el delito de hurto que ha motivado este proceso, como tambien que el valor de la cosa hurtada pasa de quinientos pesos.
Que aún cuando la pena de año y medio de prision impuesta ul procesado no corresponde al término medio de la establecida por el artículo ciento noventa y uno del Código Penal, aplicable al presente caso, no puede agravarse dicha pena porque la sentencia no ha sido recurrida por el ministerio público.
Por esto, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador genera! y por los fundamentos concordantes de la sentencia upelada de foja 32, se confirma €-.a, con costas. Devuélvase, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.—
OCTAVIO BUNGE, — JUAN E.
— TORRENT.
CAUSA COCNADA
Don Juan Coppa y otro contra la Sociedad anónima « Fábrica Nacional de Dinamita », por cobro de pesos; sobre embargo preventivo.
Sumario. —No procede el embargo proventivo por druda que no se halla comprobada en las condiciones requeridas por la ley de Procedimientos sobre embargos preventivos.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:166
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