digo citado), resuelvo mantener el auto de foja 14; y concedo el recurso de apelacion interpuesto en subsidio al solo efecto de— volutivo, como lo dipone el artículo 639 de la ¡ey dela mañ teria.
E En consecuencia, líbrese oficio al señor jefe del Estado mayor b general del ejército, para que cumpla la órden de libertad del b ciudadano don Juan José Sanguinetti, que sv le comunicó por »ficio de fecha 28 del corriente mes. Notifíquese y elévese ul superior enla forma de estilo.
e Gervacio F. Granel.
+ VISTA DEL SEÑOR PROCUHADON GENERAL Buenos Aires, Mayo 12 de 1898.
Suprema Corte :
í El reclamante señor Sanguinetti se había enrolado en la guardia nacional activa con sujecion á lo dispuesto en el artículo 19 de la ley número 3318.
Si en posesion del estado de guardia nacional activo, que le asignaba aquel enrolamiento, llegó á la edad en que segun la ley podía pasar á la reserva, era ú él mismo que incumbís el deber de hacerlo saber y comprobarlo ante la autoridad militar, salicitando en consecuencia el pase respectivo, Si no lo hizo y continuó haciendo ei servicio activo en su re gimiento, estaba obligado á cumplir los deberes de su e.tado activo mientras no solicitase y obtuviese su pase á la reserva; y si infringía los deberes impuestos á ese estado, era acreedor á 1 las penas prescriptas en el artículo 37 de la ley, penas que el
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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:396
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