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Fallos: 74:30 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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—.» FALLOS DE LA SUPREMA CORTE deberá practicarse, calculándose en 1900 cuadras cuadradas aproximadamente ».

Por otra parte, es ubvio que la mensura tiene por objeto inmediato conocer la verdadera extension del campo. Si esa mensura se ha hecho por órden del señor Suarez, y él ha aceptado su resultado sin objecion alguna, como ba sucedido con la practi cada por los agrimensores nombrados para hacer la medicion total del campo, como consta 4 foja 249; nuiere decir que se ha satisfecho la comun intencion de las partes ul pactar se haga dicha mensura: ' Si ú esta mensura se agrega la mensura judicial hecha por el agrimensor Leslie y Barnet viene al ánimo el convencimiento que el contrato se ha cumplido en este punto. ° He aquí otra regla de interpretacion dada por Demolombe: la 5 posicion de las partes, sus relaciones anteriores, la naturaleza de la convencion, la combinacion de las diferentes clánsulas de la convenci: a, los motivos que han podido determinar para estipular una obliyacion determinada (la mensura); tales son las circunstancias principales que pueden servir para dar á las palabras empleadas en los contratos, la significacion particular que es necesario tener en cuenta.

Otra regla de los jurisconsultos romanos : Quoties in stipula tionibus ambigua eratio es commodisimun est id accipi, quores de quo agitur, int uto sit (L. 80 ff. De verbo obligat.).

Es decir, cuando una clángula es susceptible de dos" sentidos, se debe más bien interpretarla en aquel por el cual puede producir algun efecto, que en el sentido con el cual esa cláusula no podría producir ningun efecto.

O en otros términos : cuando las palabras son susceptibles de dos sentidos, debe ser tomada en aquel que conviene más á la naturaleza del contrato Quoties idem sermo duas sententias exprimitu, decía Julien, capotissimum occipiatur quae rei gerendae aptior est (L. 67, ff. De Diver. regul. juris).

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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-30

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