luus, que el señor Suarez ha confesado á foja 513 que el señor Lucero no ha deducido demanda hastala fecha por esa operacion. — 5" Que los contratos obligan no sólo lo que esté formalmente — expresado en ellos, sinó á todas las consecuencias que puedan — considerarse que hubiesen sido virtualmente comprendidas en E ellos (art. 1198 del Código Civit). « Que segnn la equidad, el — uso ó la ley deben considerarse como habiendo sido virtualmente comprendidos en ellos», dicen Aubry et Rau, Segun — nuestro código, y las fuentes de donde ha tomado el codificador — "las disposiciones citadus, todos los cuntratos deben considerarse boner fidei. E La interpretacion de las convenciones, dice Demolombe en E el capítulo 3", tomo 25, es sobre todo una obra de discernimien- 3 to, de experiencia, de buen sentido y de buena fé. Los juris= :
consultos romanos han sobresalido en dictar reglas muy juicio- í sas sobre interpretacion, y son, aún hoy, nuestros guíás. E La primera regla de interpretacion está formulada en el siguiente aforismo: In conventionibus, contrahentium, volun= tatem partiis quam verba spectari placint (L. 219, tt. De verbos signif.). - a Es la regla de las reglas como dice Montaigne; y el Código — de Napoleon la consigna en el artículo 1156 en estos términos:
« Sedebe, en las convenciones, investigar cuál ha sido la comun intencion de las partes contratantes, más bien que sujetarse al" a sentido diteral de los términos.» Aplicando esta regla al presen te caso, encontramos claramente manifestado, que la intencion - 3 E de las partes al pactar que debiera hacerse mensura del campo, > ha sido con el objeto de conocer su extension superficial, para E saber el precio total del campo, puesto que la venta estaba con= — venida á razon de 70 pesos nacionales la cuadra cuadrada, De ahí resulta que en el mismo contrato se dice (á foja 122 vuelta) — «que la verdudera extension del campo, cuyas acciones y dere- ° chos se ceden por la presente, resultará de la mensura que - a E
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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:29
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-29
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