Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 20 de 1898, Autos y vistos: atento lo expuesto en el precedente escrito y lo dispuesto en la última parte del artículo cuarenta y dos de la ley de procedimientos, se declara bien denegado el recurso.
Hágase saber y remítase al juez de la causa para la agregacion Á sus antecedentes.
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUN
GE. — JUAN E. TORBENT.
CAUSA CNCIHII
Don ltoberto P. Protcell y compañía contra David y Antenor Carreras ; sobre cobro ejecutivo de pesos ú oro Sumario. — 1° Debe rechazarse 11 nulidad fundada en haberse dictado el auto de solvendo por la Suprema Corte como juez originario de la causa, siendo esto inexacto, 2" La cuenta reconocida en juicio es título hábil para la ejecucion, aunque de las pruebas ulteriores pueda resultar que el saldo de ella no sea debido en todo ó en parte.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:197
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