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Fallos: 7:319 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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CAUSA ELXVEIL.
D. Fabían Araya contra D. Felipe Pescara, sobre ejecución de un contralo de arriendo.

Sumario, — 1 Un contrato de arrendamiento no es ejecutivo para pedir la tenencia de la cosa arrendada.

Y Para que la accion revista el carácter de ejecutiva, es necesario que se trate del cobro de una cantidad de momeda.

3 Los arrendatarios no poseen, y solo adquieren la tenenela de la cosa con el uso.

$ Las acciones para las emales las leyes no Lan ercado un juicio escepcional deben sustanciarse por la vía ordinaria, Caso. —D, Felipe Pescara, argentino, díó en arriendo por 6 años un fundo Hamado «Aguamdas á D. Fabian Araya, chileno, por 400 5 hol. amuales, á empezar desde el 10 de Enero de 1869, En 1 de Febrero del mismo año, Araya esponiendo que Pescara se resistia á entregarle el fumlo arrendado, pidió ue este reconociera la firma puesta al pió del contrato.

Pescara la reconoció, agregando que no era cierto el contenido, pues debianse agregarse otras cláusulas.

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-319

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