CAUSA CXCILI
Don Natalio Loguidice contra la Municipalidad de Tres Arroyos, por cumplimiento de contrato; sobre competencia Sumario. — La justicia nacional es competente para entender en la demanda sobre cumplimiento de contrato interpuesta por un extranjero contra una Municipalidad.
Caso.—Lo explican la vista del señor Procurador General y el Fallo del Juez Federal La Plata, Febrero 5 de 1897.
Y vistos: En cuanto 4 la excepcion de incompetencia deducida como perentoria por el demandado y considerando :
1 Que ella se funda en que la Municipalidad no puede ser demandada ante la justicia federal por actos administrativos de su resorte, que segun ella sólo son justiciables ante la autoridad suprema de la justicia provincial.
2" Que la demanda se ha iniciado ante este Juzgado en
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:37
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-37
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