Becerra y Lorenzo Barzola, foja 258, dicen que el campo de La Arboleda es improductivo y que ellos lo tienen prestado desde mucho tiempo por el finado Funes. La única propiedad productiva, que es la finca de los Potreros de los Funes, dice el mismo capataz Ojeda que Gatica nada recibe ni recibía porque de ella están posesionados los señores Saá, sobrinos del cura Funes, y que esta ocupacion la hacen desde el año 1890 adelante, lo que La sido ratificado por estos mismos señores segun sus propias declaraciones de foja... Lo que indica que mal podía Gatica rendir cuenta de productos cuando estos no se habían producido sin que fuera por su culpa, 19" Que por lo que respecta á los honorarios que cobra el señor Gatica no puede ser esto más justo ni tener más derecho, £ ello á estar á las pruebas de autos, Pues desde la primera hoja del expediente hasta la última, se puede decir que está indicando, á lo vivo, que Gatica ha sido administrador general de los bienes del cura Funes y que realmente ha habido administracion en toda la extension de la palabra; esa administracion de que nos habla el derecho romano, cuya doctrina se halla en nuestra legislacion civil; asf tenemos que Gatica cuidaba y velaba por los intereses de Funes, como si fueran propios, á estar á las declaraciones de todas las personas que han intervenido en los autos y que segun se desprende de los documentos que bay en los mismos.
El representante del albacea Ortiz, al contestar la reconvencion, dice que Gatica no ha sido administrador y sin embargo la demanda es como á tal, y despues está el documento de fojas 2, 3 y 4, por el que Tunes nombra administrador general de sus bienes á Gatica; ahí está tambien el documento de fojas 5, 75 y 76 de autos en que Gatica rinde cuenta de la administracion y se le paga una cantidad de veinte mil pesos por dos años de administracion. Por fin, ahí están todas las cartas de Tunes, que han sido declaradas auténticas, en las que éste ordena, T. LXIX 18
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:273
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