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Fallos: 68:32 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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de calzoncillos es lo único que él no ha manifestado; las primeras por ser útiles del buque y estar comprendidas en el artícuio 33 de las ordenanzas de aduana y los últimos por equi= vocacion al contar.

3" Que la contaduría, en su informe de foja 3, confirma lo aseverado por el capitan en cuanto á que éste ha manifestado lo que se le denuncia como exceso y que sólo las anelas y las dos y media docenas de calzoncillos no están manifestadas; pero tambien hace presente que en la traduecion se ha omitido todo lo demás denunciado por el señor Correa, 4° Queel agente de estrada del buque señor William landell, eu su declaracion de fojas 3 vuelta 4 4 vuelta, dice : que el ha cumplido con lo establecido por el artículo 31 de ¡as ordenanzas de aduana ; que no obstante que el artículo 33 de las ya citadas ordenanzas dice no haber necesidad de manifestar los aparejos y útiles de reserva, y que todavía para no hacer la traduccion de todo el sobrante del rancho y útiles, artículo por artículo, él puso en el manifiesto general la nota siguiente : una rantidad de tablas y esteras para la estiva y todos los otros artículos muebles, útiles, aparejos, instrumentos y aeresorios necesarios para el uso de a bordo y la navegación no ercediendo las cantidades permitidas por las ordenan?" de aduana incluidas en el artículo 33 de las mismas, Y considerando : 15 Que si bien el artículo 33 de las ordenanzas de aduana dice que no hay obligacion de manifestar los aparejos y utensilios del buque, las monedas de oro y plata y los equipajes de pasajeros € inmigrantes ; no dice lo mismo el artículo 31 de las mismas, pues éste obliga 4 munifestarse el sobrante del rancho y provisiones que tenga ú bordo, 2 Que es una confusion lamentable la que sufren los que creen que el sobrante del rancho y las provisiones son útiles y aparejos de un buque y por euya razon no detallan en la traduccion cuanto el capitan declara tener á su bordo,

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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:32 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-32

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