DE JUSTICIA NACIONAL n
CAUSA CCLX XX Y
José Milessi y hermanos contra don Heraclio Noman, sobre ejecucion de sentencia L Sumario. — Cumple la sentencia el que condenado á escriturar una venta prévia fianza de restitucion, pendiente la peticion del comprador que solicita se escriture por el juez, ofrece hacerlo dejando el precio úi la órden del Juzgado en garantía. b Caso. — Por sentencia ejecutoriada se mandó que el señor i Roman otorgue escritura de venta á favor de Milessi hermanos, de un campo, con arreglo al boleto suscrito por ambos, y enel términc de 10 días, y que Milessi hermanos abonaran el precio convenido, prévia fianza de restitucion que Roman debía otorgar en la forma que convenga con aquellos.
La parte de Milessi se presentó al Juzgado diciendo que ha vencido el término señalado, sin que haya escriturado; que en consecuencia pide se mande extender la escritura de venta, la que debe ser firmada por el juez en virtud de la autoridad pública que inviste, Roman, á quien se dió vista, expuso : Que razones ajenas á su voluntad le impiden dar cumplimiento á la sentencia, pues mo
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:71
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-71
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