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Fallos: 62:66 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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CAUSA CCLXX XIII
Don Zenon Ortiz Molina contra don Florentino Vocos, por cobro ejecutivo de pesos; sobre excepcion de nulidad Sumario. — La circunstancia de ser preventivo el embargo trabado en el juicio ejecutivo, no produce nulidad de lo actuado.

Caso. — Lo explica el Falle del Juez Federal Córdoba, Noviembre 25 de 1893.

Y vistos: la excepcion de nulidad en el procedim iento alegada por el señor Justino Cesar, en representacion del doctor Florentino Vocos, en el juicio ejecutivo que contra éste sigue el doctor Zenon Ortiz Molina, fundándose el ejecutado en que en el presente juicio se ha omitido el embargo, y que por lo tanto no puede válidamente ser citado de remate antes de llenarse aquella formalidad, porque los procedimientos judiciales son de órden público, y su omision causa la nulidad de lo actuado.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:66 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-66

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