Que más tarde Urreti declara que la hipoteca era ú favor de Devoto, propietario del citado pagaré.
Fallo del Jues Federai Paraná, Julio 2 de 1594, Vistos : El exhorto del señor Juez de 1" Instancia de esta capital pidiendo el levantamiento de la inhibicion de los bienes de don Lorenzo Queirolo que se detallan en ls escritura hipotecaria acompañada, otorgada en La Paz á 7 de Abril de 1894, con lo expuesto por el representante del Banco Nacional, Y considerando: Que el gravámen impuesto por dicha escritura á los bienes en ella detailados es de fecha anterior á la inhibicion de los muebles de Queirolo decretada por este Juzgado, á pedido del Banco Nacional, la que tuvo lugar recien en Diciembre 5 de 1893.
Que por consiguiente este Juzgudo no puede negarse á lovantar la inhibicion de los bienes que se encontraban afectados con anterioridad al pago de otras obligaciones, como son las que se relacionan en la escritura citada, con excepcion del inmueble situado en la ciudad de La Plata, cuyo gravámen no ha sido registrado, mucho más cuando el Banco tiene la posibilidad siquiera de reembolsarse con su crédito del valor de esta propiedad, y cuaudo el Banco si cree tener derecho ha debido y puede deducir tercería ante el Juez de la ejecucion 6 las acciones revocatorias que crea competirle.
Por esto, el Juzgado resuelve mandar se levante la inhibicion de lus bienes de don Lorenzo Qucirolo, que se relacionar: en el despacho del señor Juez de 1° Instancia de esta capital, de foja .., Y se contienen en la escritura hipotecaria de foja ..., con
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:78
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