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Fallos: 60:367 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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Las pruebas del proceso, como se aprecia y refieren en la sentencia apelada, completan el convencimiento de que el Gerente Brasch procedió en todo este negociado, sin facultades, perjudicando al Banco Nacional, y violando abiertamente y con toda deliberacion, sus instrucciones, los reglamentos del establecimientn y la ley de liquidacion.

Esas mismas pruebas evidencian que obró reflexivamente y con malicia, ocultando con esmerada cautela su conducta, al Banco, sin consultarie las operaciones antes de efectuarlas, y sin hacerlas conocer debidamente despues de concluidas; de tal modo, que hubiesen podido pasar desapercibidas del directorio, á no haber mediado ¡a denuncia del contador de la sucursal, que atrajo su atencion sobre ellas, Conla misma claridad con que se desprenden del proceso las conclusiones expresadas, se impone la evidencia de que esas operaciones, tan dañosas al Banco, cedían gratuita y exclusivamente en beneficio de los deudores originarios, ú quienes se dejaba, como queda dicho, libres de la totalidad de sus deudas, sin haberlas pagado real y efectivamente, como estaban obligados á hacerlo, y sin otra crogacion de su parte que el traspaso de los terrenos á los sustitutos. Ningun otro propósito que el beneficio de esas personas, se descubre en los hechos mencionados, y no puede ser otro el mó vil que inspiró el acuerdo entre el gerente y los deudores, sus íntimos amigos, llevándose el favor hasta el extremo de suministrar á éstos más de doce mil pesos en dinero, á objeto de que pudiesen, ú expensas del Banco mismo, cubrir gastos que las sustituciones hacían precisos; siendo de notar que los adquirentes supuestos compradores de los terrenos que se transferían, no disponían individual ni conjuntamente de las reducidas cantidades que era necesario erogar para la escrituracion de las ventas, Esta intencion de favorecer pródigamente á los deudores, se

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-367

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