P 270 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
E José María Lucero, de la cual resulta constatado lo siguiente : 
E 1° Que los campos en cuestion pertenecieron úá la testamentaNo ría de doña María Isabel Montecino; 2° Que el demandante E señor Sayanca no estuvo jamás en posesion de ellos, segun y creencia del dectarante; 3" Que éste jamás fué reconocido en E sentido alguno, como sucesor ni heredero de los caciques Sayanq ca; 4° Que el apellido de aquél es Sayagua, segun la partida de a bautismo de su abuelo que vió el declarante; 5" Que él mismo a tuvo un juicio con la expresada señora Montecino, siendo en él vencida el año mil ochocientos cincuenta y seis, Y cuyo expea diente dice haber visto, se encuentra en poder del Dortor José e: V. Zapata, sabiendo no se encuentra en la oficina conservadora; al y 6" Que la misma señora Montecino es nieta de uno de los caRS ciques Sayanca sin saber, empero, de cuál de ellos.
E 25" Que respecto á lo primero y último se ha dicho ya E que no se ha acreditado en estos autos, por documento alÉS guno, que los llamados Montecino scan los legítimos sucesopr res y herederos de los caciques Sayanca, ni se ha producido .
E prueba de ningun género en tal sentido, que pudiera oponerse E á los derechos reconocidos en dichos terrenos ; siendo además E de observarse que la afirmación del testigo Lucero, tampoco ten áría importar.cia como prueba á tal efecto; no sólo por ser sine gular, sinó tambien porque en ella no se contiene duto alguno r evidente, respecto á la descendencia que de los referidos cac:u ques se atribuye á la expresada doña María Isabol Montecino.
y 26" Que por lo que hace á lo segundo y tercero, tales afirE maciones resultan desautorizadas por lus mismos dornmenE tos antes expresados, de los que consta, segun se ha visto, la 4 posesion dada al demandante en esos campos con fecha ocho de Junio de mil ocho cientos ochenta y uno, á virtud de la sena tencia aludida de ese mismo año; como la declaracion conteni da en el citado auto de catorce de Agosto de mil ochocientos
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:270 
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