macho cobrado por Manuel Córdoba, f. 59 vuelta y 00, y 4 los doce animales mas que marcó Saso, siendo así que no habian sido prévismente contramarcados por sus primitivos ducños, como lo prescribe el reglamento de estancias de la Provincia; 39, que entre los animales qne ha enumerado, como de su propiedad, no menciona ninguna de las mulas que dice compró á la Sra. Molina, ni ha dado razon de ellas, siendo así que niega formalmente haber mandado á Chile ningun animal, ni de su cuenta ni ajeno, mi antes del combate mi despues, foja 14; 4", que aun cuando se esfuerza en persuadir que el potro de Villanueva fué sacado por Torres de árlen de Videla y llevado 4 éste, él lo encarga como propio, en la carla reconocida de E. 14, demostrando con esto que su objeto al ir á casa de Mendez, vestido de militar y con soldados, no fué el de librarlo mi prevenirle que oculiára los animales, sinó llevirsclos por la fuerza, como lo hiza con el potro, que fué lo que encontró; y 5, las multiplicadas contradicciones en que sé encierra al responder á los cargos y reconvenciones que se le han hecho.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 15 4 18 de la ley, que designa los crimenes cuyo juzgamiento compete á los Teibnnales Nacionales; y por las leyes 2, tít. 49, libro 12, N. E, 4° y 3 tit. 14, P. 7; fallo, 4", que debo absolver y absuelvo al procesado Felipe Olguin de la acusacion que se le ha hecho por complicidad en la rebelion; y 2, que debo condenarlo y lo condeno por el delito de abijeato en que ha incurrido con ocasion de la rebelion, á la pena de cinco años de trabajos forzados, contados desde el dia de su prision; 4 la restitución de lo hurtado con sus frutos, daños y perjuicios, y en las costas del proceso. Y por esla mi sentencia, defininitivamente juzgando así lo mando y firmo en Mendoza á 28 de Mayo de 1808.
Franklin Villanueva, El defensor apeló en tiempo; se concedió el recurso libremente, y elevados los autos, el nuevo defensor nombrado por
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:467
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