Que es verdad que en una carta del acusado á Torres cuando este se hallaba en San Luis, le recomienda encarecidamente que haga lo posible por asegurarle ese caballo, porque él lo ha comprado á D. Eustaquio Villanueva, su dueño legítimo, + Pero antes de escribir csa carta, él había tenido una conversacion con Villanueva, en la que había. dicho que él podria recuperar el eaballo, y que en eso caso se lo cambiaria por otro, lo cual esplica satisfactoriomente lo que dijo á Torres, y además, que si él tenia deseos de adquirir el caballo, queria hacerlo con consentimiento de su dueño, y este hecho no es suficiente para elasificarlo de ladron.
Que el segundo cargo que sele hace consiste en que en 4 malas y 4 caballos, que tenía en su poder y que le embargó la Policía, aparecieron ajenos un macho que fué reclamado por D. Manuel Córdoba y una yegua de la propiedad de D, Alejandro Lloveras.
Que el macho, segun la esplicacion del acusado y del testigo presencial David Rodriguez, fué comprado á un tal Eliseo Leon, que el testigo, dice, vive cn la esquina de las Alvarez, plaza de Buenos Aires, y apesar de esta designacion, el Juez no ha hecho comparecer á este individuo para asegurar el robo de su animal, dándose por satisfecho, porque, anteriormente lo había hecho buscar, sin designar su paradero, y no le habian encontrado.
Que de todos modos Olguin había comprado y no robado ese animal.
En cuanto á la yegua de Lloveras, este dice en su declaracion que dias antes le había avisado Olguín que la tenia en su poder, y que sí le daba dos pesos, que era lo que le habia costado, se la entregaría; lo que no pudo realizar por el embargo que hizo la Policía.
Que aquí tampoco aparece Olguin como ladron, y enando mas podría tachársele de ocultador del robo, que es el verdadero carácter en que aparece en el tercer cargo, que es el mas justificado.
Que. desde luego que Olguín fué preso, D. Ataulfo Hoyos
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:472
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