198 PALLOS DE LA SUPREMA CORTE Espuso: que por esta suma tenía un recibo endozado ú su favor, y que no habiendo conseguido que Solanet le abhonára, pidió se le hiciere comparecer á objeto de reconocer la cuenta transcrita.
El Juez decretó « traslado. > Cárlos Reynal, en representacion de Solanct, pidió, sin contestarlo, que el demandante exhibiese el recibo que dice tener endozado á su' favor, invocando para esta solicitud el artículo 10 de la ley de Procedimientos.
El Juez dió traslado de esta peticion, con arreglo al art. 76 de la misma ley de Procedimientos.
Entónces se presentó Muzio, diciendo: que de conformidad con el art. 250, é inciso 7° del art. 249 de la misma, se presentó preparando la vía ejecutiva, cuando pidió se hiciera comparecer á Solanet para cl reconocimiento de la cuenta; que, no obstante de haber consentido al decreto de «traslado», quese puso en su solicitud, era evidente la necesidad de dejarlo sin cfecto, y ordenar el reconocimiento pedido; 1, porque no existicndo demanda, seria nulo el juicio que se siguiese; 9", porque el error de un tercero que no es parte en el juicio, debe subsanarse para no perjudicar al verdadero interesado; 3, porque el consentimiento mismo de las parles, no es un principio que dehe antepomerse á las leyes de procedimientos, que son de órden público; 4", porque la providencia que recaiga en un escrito, debe reducirse á aumitir ó rechazor la peticion; que, como se pidió el reconomiento de la cuenta, no ha podido darse traslado; que, por consiguiente, pedia se ordenase dicho reconocimiento, d....
juzgado decretó :
« Espidase esta parte en el traslado conferido, y devuelva« sele este escrito por no ser pertinente al estado de la causa, « dejando constancia el actuario de esta devolucion. » Eguia.
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:198
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