cion de la resolucion dictada por la Exma. Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital en los autos sobre diligenciamiento de un exhorto para inhibir al coronel D. Simon de Santa Cruz.
Los antecedentes son estos: el señor Juez en lo Civil de la Concepcion del Uruguay decreto inhibicion contra el expresado coronel Santa Cruz, y para que se hiciera efectiva dirigió exhorto al Juzgado Civil en turno de esta Capitil, Despues de trabada la inhibicion, el coronel Santa Cruz dedujo contra ella los recursos de revocatoria y apelación, que fueron resueltas, rechazándose el primero y elevándose los antos ála Exma, Cámara en virtud del sezundo., En segunda instancia fué revocado el anto de primera y yo interpuse apelacion ante V. E., de acuerdo con el artículo 14, inciso3, de la ley del 14 de Setiembre de 1863 y fundándome en que la resolucion de la Exma, Cámara era contraria ála ley del 26 de Agosto de 1863.
Como antecedente de jurisprudencia invoqué tambien el fallo de V. E., publicado en la série 2", tomo 8", página 286, en cuyo considerando primero se resuelve la procedencia de una opera= cion exactamente igual ú la interpuesta por mí, No obstante todo esto, me ha sido denegado por anto que se me ha notificado en el día de ayer, por lo cual interpongo directamente 4 V. E, el recurso de apelacion y solicito me sex concedido en relacion.
Es justicia.
Joaqum M. Cullen. —Abdon Zabala,
E. VI. ELO
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:401
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