CAUSA II
D. Uladislao Augier contra D. Adolfo E. Carranza, por imposicion de costas al procurador ; sobre apelacion Sumario. — Trae gravamen, y es apeiable el auto que impone el cargo de costas personalmente al procurador.
Caso. — Lo explica el Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 7 de 1895.
Vistos en el acuerdo: Resultando del informe precedente y de las piezas acompañadas, que el auto recurrido impone ú don Carlos A. de la Vega, personalmente, las costas del incidente á que dicho auto se refiere.
Que en tal caso, trae él gravamen irreparable y es apelable con arreglo al artículo doscientos seis de la ley de procedimientos.
Por esto, se declara mal denegado el recurso, y se lo concede en relacion. Líbreseoficio al Juez de la causa para la remision de los autos y notificacion de las partes. Repóngase el papel.
LUIS V. VARELA. —ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —JUAN E. TO- :
RRENT,
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:355
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