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Fallos: 58:354 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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de 354 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE | Auto del Juez Federal | Buenos Aires, Noviembre 12 de 1891.

Autos y vistos: No importando la diligencia cuya reposicion se solicita sinó el cumplimiento de la que fué sulicitada y ordenada dentro del término probatorio, no ha lugar ú la reposicion solicitada y concédese en relacion el recurso interpuesto, debiendo elevarse con oficio los autos ante la Suprema Corte.

J. Y. Lalanne.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 7 de 1895.

Vistos : Por los fundamentos del auto de foja ciento veinte y siete, se confirma con costas el apelado de foja ciento doce. Repuestos los sellos, devuélvanse.


LUIS V. VARELA.—ABEL BA-
ZAN.— OCTAVIO BUNGE.

—JUAN E. TORRENT.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:354 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-354

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