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Fallos: 58:349 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Fallo de la Suprema Corte (1) Buenos Aires, Febrero 7 de 1895.

Vistos en el acuerdo: Correspondiendo en este caso la vía de apremio, con arreglo á lo dispuesto en el artículo sesenta y nue- :

ve, inciso cuarto, de la ley general de ferrocarriles, y no siendo admisible en ese procedimiento, la excepcion opuesta, segun se demuestra en la sentencia de foja veinticinco.

Por esto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo trescientos veinte de la ley de Procedimientos, se declara bien denegado el recurso interpuesto. Agréguense estas actuaciones a! expediente remitido como informe y devuélvanse al Juez de la causa, previa reposicion de sellos.


LUIS V. VARELA. — ABEL BA-

ZAN. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT, 17 Igual resolucion recayó en otros dos asuntos de la misma naturaleza contra el Ferrocarril de Buenos Aires al Pacífico.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:349 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-349

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