DE JUSTICIA NACIONAL 359 Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Julio 20 de 1894, Vistos: Estos autos ejecutivos seguidos por don Juan Hartolotti contra don Honorio Luque, por cobro de cantidad de pesos, en el incidente promovido en ellos por don Octavio T. Gonzalez, desistiendo de la compra del inmueble materia del juicio, efectuada en el remate público que tuvo lugar en fecha 17 de Diciembre de 1892, por órden del Juzgado.
Resulta: 1" Que á virtud de la ejecucion seguida por Bertolotti contra Luque, por el cobro de veintemil pesos moneda nacional y prévios los trámites prescritos por la ley, se mandó sacar á remate una casa que fué de propiedad del deudor y sobre la cual había éste constituido hipoteca especial, en garantía de la expresada suma recibida de aquel en préstamo.
2 Que efectuado el remate en la fecha indicada y adjudicado el inmueble á don Octavio T. Gonzalez, como mejor postor, por la suma de 29.700 pesos moneda nacional legal, excedente de las dos tercerus partes de su tasacion, se aprobó éste pur auto de 13 de Febrero de 1593, mandándose en el mismo otorgar la correspondiente escritura, prévia oblacion de su importe en el Banco de la Nacion Argentina. E.
3" Que en este estado del juicio el comprador señor Gonzalez, pidió y obtuvo la exhibicion en Secretaría, para su eximen, de los títulos correspondientes á la casa subastada, presentando posteriormente su escrito de foja 155, en el que, alegando nulidad de los mismos, solicita se le tenga por desistido de la compra y por disuelto el contrato, ordenéndose, á la vez, se le devuelva la suma entregada en seña en el acto del remate.
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:359
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