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Fallos: 58:350 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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y 350 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE

CAUSA II
Otard Dupuy y €° contra J, Ardanza y €°, por falsificación «de marca de fúbrica ; sobre compulsa de libros Sumario.— Aun despues de pasado .el término probatorio, debe mandarse practicar la compulsa delibros, que es el cum— plimiento de la pedida y ordenada dentro de él.

Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

PETICIÓN
Buenos Aires, Noviembre 2 de 18594 Señor Juez de Seccion :

D. Wierz por Otard Dupuy y C° en autos con J, Ardanza y C", sobre falsificacion de marca, haciendo uso de la vista conferida, digo:

Que se ha de servir ordenar que el Escribano y Contador Ferrari, practique la compulsa pendiente, señalándose día y hora para el efecto.

La compulsa pedida y ordenada no ha sido de los libros de fábrica de J. Ardanza y C°, que, segun lo manifestado por el

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:350 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-350

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