E 300 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
CAUSA CCCXX VII
D. Victor Klotz contra D. Antonio Soui/, por falsificación de marca de fábrica; sobre diligencias de prueba.
Sumario. —YNo puede suspenderse el llamamiento de autos por diligencias de prueba no urgidas oportunamente.
Caso. — Es igual al de la causa CCCXIX.
Auto del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 29 de 1894, Autos, y señálase el día8 del entrante, á las 2 de la tarde, á los efectos del artículo 492 del Código de Procedimientos en lo criminal. Repóngase la foja.
Lalanne.
Auto del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 9 de 1891.
Estando establecido por el Código de Procedimientos en lo Criminal que la prueba debe pedirse y practicarse dentro del
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:300
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