Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 20 de 1894, Vistos y considerando: Que por confesion de parte resulta averiguado el embarque de doscientas ochenta toneladas de huesos con violacion de lo dispuesto en cel artículo quinientos sesenta y cinco de las Ordenanzas de Aduana, correspondiendo en consecuencia la aplicacion de la pena de comiso, establecida por el artículo nueve cientos noventa y ocho de las mismas ordenanzas, Por esto, de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, y por sus fundamentos concordantes, se confirma con costas la sentencia apelada de foja treinta y cuatro, Repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA.
— ABEL BAZAN. — JUAN E. TO
RRENT,
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:278
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