tos ochenta y cinco, ante este mismo Tribunal, haciendo valer derechos de propiedad y posesion que decía haber adquirido de i Murrieta y C°, sobre los terrenos en cuestion, y pidiendo la suspension de los efectos de ambas resoluciones en mérito de que una y otra se habían pronunciado sin su citacion ni au- i diencia, Séptimo. Que posteriormente, y pendiente la tramitacion :
de esta peticion, la Compañía de Tierras manifestó desistir de ella á mérito, segun dijo, de que la remocion de los mojones ordenada po: la resolucion de doce de Mayo de mil ochocientos Z ochenta y cinco estaba ya cumplida, y de que en tal situacion = prefería hacer valer sus derechos por accion principal ante el E Tribunal correspondiente por la ley, 1 Octavo. Que en trece de Agosto de mil ochocientos ochenta y "e cinco, ocurrió en efecto, ante los Tribunales locales de la pro- Ñ vincia de Santa Fé, demandando por desalojo á Don Adolfo Es- e calada, mayordomo de uno de los establecimientos de Bazan, ; haciendo mérito de que los terrenos en cuestion, vendidos á Murrieta y €, en veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos E ochenta y uno, habían sido mensurados y entregados formal- | mente á éstos por el Gobierno de Santa Fé, en veintidos de Marzo de mil ochocientos ochenta y tres. a Que Murrieta y C°, los habían pasado en nueve de Octubre de 3 mil vchocientos ochenta y cuatro ú la Compañía de Tierras, la | cual desde entonces los poseía quieta y pacíficamente, habien- , do llevado á cabo en ellos trabajos de alambrado de grande im- ! portancia, aserraderos á vapor, y otras vbras, y Que Murrieta y C°, y la propia Compañía de Tierras, los ha- f bían hecho reconocer y explorar en todas direcciones por comi- Y siones científicas que habían cavado diversos pozos pira pro- :
veerse de agua durante la expedicion y dejado así sobre el suelo - Y signos visibles de sus estudios, | Que los intrusos que los ocupaban á la époea de la demanda, |
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:243
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