gos al presente, el Consejo estima equitativa la suma de 4500 pesos moneda nacional por dicho trabajo.
Saludo á V. S. con mi mayor consideracion.
J. M. Ramos Mejía.
Fallo del Juez Federal La Plata, Julio 1° de 1893.
Y vistos: Por lo que resulta en el expediente principal en que constan los trabajos del doctor Cárlos Ruiz Huidobro y teniendo en cuenta el dictamen del Departamento Nacional de Higiene, corriente á foja 3, el Juzgado resuelve regular el honorario de dicho doctor Ruiz Huidobro en la suma de 3000 pesos moneda nacional.
M. S. de Aurecoechea.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 2 de 1893.
Suprema Corte :
Sin desconocer la eficacia del informe del señor doctor Ruiz Huidobro, consecuencia de la aptitud buscada en toda requisicion de informes técnicos precisos, pienso como el señor Procurador Fiscal de la seccion de Buenos Aires que la regulacion de honorarios practicada por el señor Juez es excesiva. Para ello
Compartir
46Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1894, CSJN Fallos: 58:237
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-237
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 58 en el número: 237 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos