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Fallos: 58:240 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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da de quinientos pesos, habiéndose conformado con el auto judicia! la parte que lo pretendía.

Por ésto, y de acuerdo con los artículos tercero y séptimo de la ley dela materia, se declara mal concedido el recurso de apelacion deducido; y repuestos los sellos. devuélvanse.


BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.

— JUAN E. TORRENT.

CAUSA CCOXVIIL
La Compañía de Tierras de Santa Fé contra Don Adolfo Escalada (despues provincia de Santiago del Estero); sobre interdicto de reclamar la posesion.

Sumario. — Resultando improbada la posesion pacífica de un año, no puede hacerse lugar al interdicto posesorio de retener, Caso. — Resulta del Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 18 de 1894.

Vistos: Resulta de estos autos : Primero. Que por escritura pública de veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos ochen

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:240 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-240

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