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Fallos: 57:371 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 3 terraplenes con una longitud de 3053 metros, y una altura máxima de 5 metros 61 centímetros; más cincodesmontes con una longitud de 5800 metros, y una profundidad máxima de b metros 27 eantímetros ; h) Que los terraplenes representan un volúmen de 95.000 metros cúbicos, y los cortes 131.518 metros cuadrados, siendo la diferencia á favor de éstos de 36,488 metros cuadrados, á más de 39.000 metros cuadrados, excavados á ambos lados de los terraplenes ; 7) Que el área expropi da segun los planos presentados por la empresa no resulta arrojar la misma superficie; segun las operaciones y cálculos del perito informante, es la de 536.488 metros cuadrados ; j) Queestima cl valor del terreno expropiado en 4000 pesos m/n la hectárea, ó sea ú razon de 40 centavos el metro cuadrado, fundándose para ello que la empresa ha pagado 2000 pesos m/n Ja hectárea ó sea 20 centavos el metro cuadrado por los del se ñor Tellería y en haberse tasado anteriormente les ocupados 4 D' Elvira Pacheco de Alvear cn 2400 pesos hectárea, terrenos que son completamente bañados y de estancia de pastoreo sin poblaciones, en tanto que los expropiados al señor Pacheco son terrenos altos, formando una colonia agrícola en perfecto mantenimiento de explotacion ; k) Que los terrenos bañados de propiedad del señor Pacheco que hubiera cruzado la vía á haber seguido la línea recta entre Victoria y Garin, no tienen, á su juicio, el valor de los terrenos expropiados ; 1) Que estima los perjuicios ocurridos á expropiar por el eruze del ferrocarril, en la suma de 100.000 pesos m/n incluyendo en esta suma /4 hectáreas de alfalfa próximamente que estaban sembradas en el terreno ocupado hoy por las construcciones de la vía, y que han sido destruidas, y los perjuicios ocasionados por la division de las 21 chacras cortadas por ella (véa

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:371 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-371

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