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Fallos: 57:367 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 367 1 valor de la cosa expropiada y sus perjuicios; 9 Que se abstenía a de nombrar nuevos peritos. q 14" Que nuevamente replicando la parte del señor Pacheco, P dijo: 4" Que en virtud de las cartas queexhibía (y fueron man- y dadas agregar, véase fojas 63 y 04' se comprueba haber pagado y por el gerente de la compañía señor Bower al señor Aguirre, por y terrenos en San Isidro, tres pesos vara cuadrada; 2 Que al | señor Pellería se le abonó 20 centavos por metro cuadrado de | terrenos de bañados inundados y despoblados ; 3" Que al mis- 4 mo señor Casares, perito de la empresa litigante, por terrenos 4 cerca de la estacion Victoria, por doscientos y tantos mil metros | cuadrados, le avonó la suma de 470.000 pesos m/n ; Que el mismo señor Casares vendiendo sus terrenos á la empresa, lo hacía .

á razon de 27.500 pesos moneda nacional la hectárea, mientras que cuando se trata de justipreciar los del exponente, lo hace ú :

echo centavos de peso el metro cuadrado, ó sea 35 pesos menos, á pesar de afectar aquelios la forma de un rectángulo de 400 me- | tros por 500 de fondo, y los de él, afectar una forma irre- :

gular, segun las necesidades de la empresa; 5" Que de sus 1 terrenos, se ha sacado la tierra necesaria para construir los 1 altos terraplenes, levantados en los terrenos de Tellería y de E D° Elvira Pacheco de Alvear; 6" Que era inexacto lo expuesto | por el señor Casares, que las chacras de su propiedad atravesadas por la vía estuvieran abandonadas, como lo demuestra la rectamacion de perjuicios, que con motivo de las obras del ferro- .

carril le habían hecho los arrendatarios, cuya reclamacion, vi- .

sada por el alcalde del partido de Las Conchas acompañaba (véa- | se fojas 65 y 66); 7° Que su terreno dista sólo dos kilómetros :

del pueblo de San Fernando, y el de Parra veinte kilómetros de y Victoria ; 8" Que igua:mente era inexacto que en los terrenos ; expropiados hubiera bañados, sinó una cañada de 3u0 metros 4 de ancho. :

12" Que temando nuevemente la palabra el Dr. Lopez, ma- S

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-367

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