376 FALLOS DE LA SUFIEXA CORTE siendo á su cargo los gastos de actuacion y honorarios de los peritos, Notifíquese con el original. Regístrese en el libro de sentencias y repónganse las fojas.
Mariano S. de Aurrecoechea, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 16 de INTE, Vistos y considerando: Que el inmueble perteneciente al expropiado, así como el que fué materia de la expropiacion en el juicio seguido por la misma emprez: expropiante, contra Don Torenato de Alvear, son parte de un todo adjudicadas por division hereditaria, y lindan respectivamente.
Que de autos consta que si hay diferencia de valor entre los referidos inmuebles, esa diferencia se traduciría en favor de la cosa que se trata de expropiar al presente, Que hay eqaidad en asignar precios iguales á terrenos de igual naturaleza y situacion y análogas condicione:, como lo tiene declarado esta Suprema Corte en varios casos; de lo que se desprende que no la habría si se fijareal terreno, á cuya expropiacion se refieren estos autos, un valor inferior al asignado en el citado caso de Alvear, siendo de observar que en este caso la escimacion aceptada por esta Corte fué la hecha por el perito de la empresa, inferior no sólo á la practicada por el perito del expropiato, sinó tambien ála de los nombrados de oficio, Por estos fundamantos y atento el mérito en conjunto que arrojan los autos, se fija en dos mil pesos moneda nacional el precio del terreno á expropiar, por cada hectárea, y la suma de cincuenta mil pesos por tola otra intemnizacion, quedando
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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:376
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