te en su alegato de foja treinta y seis, carece de suficiente valor probatorio, porgue, ademús de otros defectos substanciales, importan diligencias de prueba producida estemporáneamente y eso admitiendo que la parte estuviera en el derecho de presentarla al alegar de bien probado, cuando no hizo mencion concreta de ellas en la demanda, conociendo 6 debiendo conocer su contenido, en caso de ser cierta su existencia, Por estos fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja cincuenta y tres y repuestos los sellos, devuél vaense.
RENJAMIN PAZ, —LUIS Y. VARE-
La. —ABEL BAZAN.— OCTAVIO BUNGE.—JUAN E. TORRENT.
CAUSA CXVIII
Don Victor Silvero contra don Antonío Ruiz ; sobre interdicto de recobrar la posesion Sumario.—1" Probada la posesion y los hechos turbatorios, procede el interdicto de recuperar, aunque el demandado tenga títulos que puedan darle derecho ú poseer.
2" No puede considerarse que el demandado haya tenido la
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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:168
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