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Fallos: 55:39 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 39 manifiestan, de seguir viaje hasta Ranchos ó el Salado, pueblos de esta provincia: habiendo llegado al de General Belgrano en las primeras horas de la mañana, 2 Que una vez en el lugar citado, se alojaron en la fonda lelgrano y una vez que hubieron almorzado, salieron recorriendo el pueblo, entrando sucesivamente á un prostíbulo donde pigaron el gasto que hicieron con un billete falso, va:or de cincuenta pesos m/n, recibiendo el cambio que se les dió en bilUletes de buena ley.

3" Que más tarde compraron galletas en una panadería, haciendo el pago con otro idéntico billete falso del mismo valor que el anterior.

A" Que cambiaron un tercer billete falso, en una zapatería y un cuarto billete comprando licor y chocolate, 5" Que aún pretendieron hacer circular un quinto billete, en una tienda de comercio, donde compraron unos pañuelos de hilo.

6" Que en el momento de retirarse despues de haber operado alternativamente comprando y deduciendo los cambios de su comercio para repartir las utilidades estipuladas entre ambos acusados, fueron sorprendidos por la policía, en virtud de la denuncia hecha por los damnificados y confirmada por muchos de los vecinos perjudicados; dejando como habían dejado en cada lugar donde se hallaron, un billete falso del valor antes indicado, pagando invar:ablemente todo gasto hecho, por pequeño que fuere, con los billetes falsos que pretendían echar enla corrieute circulatoria.

7" Que el Procurador Fiscal, una vez pasada á su despacho la causa, produjo la acusacion de foja 45, terminando en mérito de lo expuesto, se imponga á cada uno de los procesados, Felix Ferrer y Encarnacion Vargas la pena de siete años de trabajos forzados y multa de cinco mil pesos fuertes, de acuerdo con el artículo 62 de la ley de 14 de Setiembre de 1863, costas y gastos.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-39

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