materia de transporte, sin perjuicio de las acciones que puedan corresponder entre siúá las respectivas compañías, doctrina que se halla bajo el amparo de la disposicion expresa del artículo sesenta y cuatro dela ley de Ferrocarriles, que puede invocarse por su fuerza concordante, Por esto y por sus fendamentos, se confirma con costas Ja sentencia apelada corriente 4 foja setenta y cinco; y desuélvanse, prévia reposicion de sello 
RENJAMIN PAZ. LUIS Y, VARE-
LA. ABELBAZAN. OCTAVIO
BUNGE
CAUNA ELXAIY
Ten Domina Astengo entablamblo resurso de «habeas corpus» ú favor de Rodolfo Reyes. engauarhado en un cuerpo de mfantería de Linea, Sumario, -— 15 El recurso de habeas corps no procede euando la restriccion de la Libertad es el resultado natural de un corbrato. 
2 Talesta detención en un cuerpo de línea, 3 consecuencia de eaganche que aparece haber sido contratado libremente,
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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:362 
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