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Fallos: 55:354 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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354 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE de los autos de % de Febrero y 5 de Abril en quese ordenaba el embargo preventivo y si ampliacion.

1. Peto, El representante del demandado dijo que el Juez no se había pronunciado sobre el atinzamiento que pedía se prestasr para responder á los daños y perjuicios, y que fundó en el hecho de que los actores tienen su domicilio en el extranjero, Soheitó »e pronuneiara al respecto, aclarando el anto anterior, Fallo del Juez Federal Faramo. Dicieanbre 20:90 ENTE Habiéndose onutido enel autode) 15 del corriente, proveer sobre la peticion que á suvez hizo La parte de Santa Cruz, de que =- obligue á Farany hermanos ú arrangar el juicio.

Y cvasidermido que el Juzgado, 4 pedido del representante de Farany hermanos, decretó el embargo preventivo no sólo del campo en cavstión. sinó tambien de otro de propiedad de Santa Cruz, bajo Li responsabilidad delos postulantes : que no puede desconocerse el derchode Santa Cruz para exigir que esta responsabilidad se estalvezca en ta forma que le dé perfecta segurblad de quedo serún idemnizados los perjuicios que se le irroguen conel embargo, si resultase que el ose pidió injustamente, desde que segun el poder de fojas 1y 2, los deman«luntes son extranjeros sin domicilio en el país.

Por esto, y de acuerdo con La doctrina del artírulo 74 de la ley de Procedimientos, ampliando el auto del 15 del corriente, resuelvo que la parte de Farany hermanos, de fianza o garantía

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:354 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-354

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