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Fallos: 53:242 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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242 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE justicia federal, Por haberse modificado el personal de la Suprema Corte, vióse nuevamente la causa en Julio 25 de 1893.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Ares, Vgosto 1 de 18, Vistos y considerando: Que la cuestion resuelta por la sentencia de foja cuarenta y dos, se refiere únicamente ú la notificacion de la cesion del dorumento de foja tres, Que el crédito expresado en dicho documento no alcanza á la suma de doscientos pesos, segun la reduecion hecha por el - demandante, en cuyo caso la apelación es improcedente por razon de la enantía, con arreglo álo dispuesto por el artículo cuarto de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Feúerales.

Por esto: se declara mal concedido el recurso y repuestos los selos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ.—LUIS V. VA-
RELA.— ABEL BAZAN.— OC
TAVIO BUNGE.— JUAN E. TO-
RBENT.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-242

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